Redes de voluntarios (manejar información de terceros)
Las redes de voluntarios, que son ciudadanos como todo el mundo, tienen diversas implicaciones desde el punto de vista de seguridad y datos personales.
Los voluntarios no renuncian a sus derechos a la hora de participar y colaborar con una ONG; la organización debe garantizar el cumplimiento de las leyes de protección de datos personales y otras leyes que apliquen.
Todo esto quiere decir que, desde el momento en que los datos de un voluntario obren en poder de la ONG, ésta debe responsabilizarse de aplicar todas las medidas y garantías detalladas en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPD) para ese menester.
Debemos guardar los datos de los voluntarios de forma segura, con los controles de acceso pertinentes que eviten que se expongan estos datos de forma indebida. Adicionalmente, debemos tener un registro de quién, cómo y cuándo accede a todos esos datos.
En caso de que la organización, para poder desarrollar sus actividades, necesite compartir esos datos con terceros, recordemos que podemos enfrentarnos a un delito de cesión no consentida de datos, si los duplicamos y entregamos a otros, y si el interesado no ha prestado su consentimiento explícito (y por adelantado) para tal fin.
Las redes sociales en Internet son una herramienta muy potente para la captación de voluntarios, para su gestión, como medio de organización y comunicación y otros fines.
Si los voluntarios constan en la red social, sus datos personales son aquellos que ellos mismos han suministrado a la red social y, hemos cubierto todos los pasos de autorización expresa del voluntario para dar sus datos a la ONG, podemos emplearlas de forma muy potente y sin riesgos de sanción por parte de agencias de protección de datos.
No olvidemos contar con opiniones de expertos jurídicos para ese enfoque y, revisemos de forma detallada, todos los requisitos de las leyes en vigor ya que, recordemos, el desconocimiento no nos exime de su cumplimiento.